Noticias de politica



La tarea trascendental del pueblo elegido. Las políticas de la Iglesia Católica. El fin del politeísmo.
El hilo conductor jamás revelado de uno de los libros más leídos y tal vez menos comprendidos:
La Biblia.
Detrás del ruido político, empantallados en torno a un debate que ha ido
perdiendo contenido, asistiremos a la aprobación de reformas mediocres con
referéndum incluido, que no cambiarán absolutamente nada de la corrupción
estatal. Detrás de ese circo mediático, lo que si generará cambios en los
territorios son las reformas silenciosas que se vienen haciendo desde el 2013
por el poder ejecutivo y legislativo a diferentes normas que regulan actividades
estratégicas, con la clara intención de imponer la inversión a costa de
debilitar los derechos fundamentales.
Es el caso de la modificatoria de la ley orgánica de hidrocarburos [1],
presentada por el poder ejecutivo, el 2017 y que cuenta con amplio respaldo de
la bancada fujimorista. Un proyecto de ley inconstitucional por diferentes
razones de forma y fondo, uno de ellos, es que las concesiones de lotes de
hidrocarburos afectarán los derechos de los pueblos indígenas y por tanto la
norma debería contar con un proceso de consulta previa realizada por el Congreso
de la República, que paradójicamente hasta el momento es la única institución
que no consulta.
Por otro lado, la norma establece el derecho de explotación hasta por 80 años,
siendo lo más grave, que en el lote concesionado se pueden realizar todo tipo de
construcciones sin permisos ni fiscalización de la autoridad competente, una
zona liberada de la ley; pero además el artículo 4, menciona expresamente que
prevalecerán los derechos adquiridos por las empresas vía contrato, sobre
cualquier otro derecho en disputa
No se dice nada al respecto sobre normas que protejan a la población y medio
ambiente frente a la contaminación de suelos, agua y salud pública que vienen
ocasionado los reiterados derrames de petróleo en la Amazonia, solo hay que
recordar los más de 40 años de contaminación en las 4 cuencas en el Putumayo o
el caso de Cuninico o Morona recientemente, donde se vertieron cientos de
barriles de petróleo causando irreversibles impactos a la salud pública y el
medio ambiente. La norma, no dice nada al respecto sobre compensación,
remediación, indemnización o pago de servidumbre y beneficios a poblaciones
afectadas.
Sin duda, una de las peores novedades que trae esta norma es la incorporación de
explotación de recursos no convencionales, esto significa que, a través de la
técnica de fractura hidráulica, se extraerá el denominado petróleo y gas de
esquisto (shale), el artículo 45 A es claro; menciona que aquellos lotes
operados o no, donde se identifiquen áreas con estos recursos se acordará con
Perupetro S.A. los niveles de regalías o retribución, así como las condiciones
económicas y técnicas para ser explotados.
La incorporación del fracking o fractura hidráulica, sin debate ni participación
genera serios vicios de nulidad a este proyecto, más aún si se informa sobre los
severos impactos que esta técnica puede causar a la salud, el medio ambiente y
la biodiversidad. El método es riesgoso, consiste en inyectar a alta presión
bajo tierra una mezcla de millones de litros de agua, con arena y productos
químicos, generando un cóctel radioactivo que puede tener consecuencias
devastadoras para la naturaleza, ya existen casos de contaminación de pozos de
agua como consecuencia de la aplicación del fracking [2] que a su vez atrae la
contaminación en la salud de poblaciones aledañas.
El Estado peruano no ha hecho ningún estudio al respecto de los riesgos y
consecuencias que el fracking podría traer en nuestro territorio, en ese sentido
en aplicación del principio de precautorio[3], es una obligación del Estado
prohibir esta técnica hasta que haya mayor información y estudios sobre sus
impactos. El fracking es una técnica experimental puesto que no se saben sus
impactos o la manera de cómo prevenirlos y mitigarlos, por tanto, los gobiernos
ni empresas deben realizar experimentos de alto riesgo a la vida, salud, medio
ambiente y ecosistemas.
Incluso usando la lógica economicista de costo- beneficio, es un pésimo negocio
para el Perú, introducir el fracking con todos los peligros que se conocen,
cuando el mismo proyecto de ley prevé menores regalías, es decir, técnicas
peligrosas a precio ganga.
Bajo esta norma el futuro que le espera al país es la llegada de inversión
sucia, que además de dejar mínimas regalías nos lleven a minar la Amazonia de
auténticas bombas de tiempo. Es probable que se necesite una ley moderna de
hidrocarburos, pero no a este precio.
La obligación del Estado es garantizar los derechos humanos de las poblaciones,
así como el derecho a un medio ambiente sano y equilibrado para todos los
peruanos, para eso el Estado debe de asegurar la sostenibilidad de nuestra
naturaleza para el disfrute de las futuras generaciones. No podemos promover la
quema de fósiles convencionales y no convencionales en plena era de lucha contra
el cambio climático. Por tanto, tal como está hecha esta norma, sin debate ni
participación y con serias vulneraciones de derechos, su inconstitucionalidad
está asegurada.
Notas
[1] Revisar proyecto de ley:
http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/2016_2021/Dictamenes/Proyectos_de_Ley/00098DC11MAY20180620.pdf
[2] Revisar caso de Pensilvania- EE.UU:
https://geoinnova.org/blog-territorio/contaminacion-fracking/
[3] Informe de la aplicación del principio precautorio:
https://aida-americas.org/es/principio-de-precauci-n-herramienta-jur-dica-ante-los-impactos-del-fracking
Luis Hallazi Méndez es abogado y politólogo investigador en derechos humanos
@HallaziLuis
https://www.alainet.org/es/articulo/195663


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